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Mensaje  txals Jue Abr 15, 2010 6:00 pm

he hecho un resumen de todo lo que hay que hacer para cancelar el contrato por si os sirve de ayuda en vuestros primeros pasos.

os informo que este contrato por mucho que os lo nieguen, SE PUEDE CANCELAR, cada vez hay mas casos de cancelaciones CON REEMBOLSO DE LAS CUOTAS ABONADAS AL BANCO. Esto precisamente es lo que hay que solicitar al banco y no aceptar ningun otro tipo de oferta bajo ningun concepto.

Para ello hay que seguir estos pasos:

1º Poner una reclamacion ante el servicio de atencion al cliente de bbva
2º Pedir todo tipo de documentacion al banco relacionada con tu persona y tu contrato
3º En caso de negativa o que tarde mas de dos meses en responderte de at.cliente, reclamar al defensor del cliente del bbva.
4º En caso de que la oficina no te facilite documentacion en plazo de 1 mes, denunciar a AEPD (agencia de proteccion de datos)
5º Ultimo paso, denunciar al banco de españa.
(todo esto por correo certificado, y si puede ser por burofax, aunque sea mas caro, mejor)

Direcciones:
• Servicio de Atención al Cliente
Apartado de Correos 1598
28080 Madrid
• Agencia Española de Protección de Datos.
C/ Jorge Juan, 6
28001-Madrid.
• La sede del Banco de España se encuentra en Madrid. La dirección es: C/ Alcalá, 48 28014 Madrid
Tfno: 91.338.50.00. Servicio de Reclamaciones: 901 545 400.
Fax: 91.531.00.59 ...
• Dirección de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
Miguel Ángel, 11
28010 Madrid
Tel.: 34 91 585 15 00
Fax: 34 91 319 33 73

Escritos a presentar:

Para at. al cliente

SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE BBVA
APARTADO DE CORREOS 1598 28080 MADRID

Don xxxxxxxxxxx, mayor de edad, con domicilio en xxxxxxxxxx, con DNI xxxxxxxxxxx, comparecen ante este servicio y de la mejor forma
DECLARAN:

Primero: Que con fecha 31 de agosto de 2007, firmamos un contrato con número de referencia 01824633015500003312, llamado CONTRATO “CUOTA SEGURA”, después de haber sido contactados por la entidad para ofrecer el citado producto.

FUNDAMENTOS DE LA RECLAMACIÓN:

Primero: Existe engaño por parte de la entidad en la contratación de este producto, ya que en la misma fecha de contratación del producto, el servicio de estudios del BBVA, manejaba unas previsiones de bajadas del Euribor "inminentes" y "significativas".
Si la intención del producto es asegurar contra las subidas del Euribor, cabría pensar que existe dolo por parte de la entidad, ya que ésta preveía que el Euribor no iba a subir.
Parece más un producto para asegurarse la entidad que el cliente pague un interés alto y no se pueda beneficiar de las bajadas que estimaban.

Segundo: Existe una directiva europea llamada MiFID que pretende proteger a los pequeños inversores exigiendo la realización de una clasificación de los clientes a las entidades mediante un cuestionario. Esta clasificación, para los pequeños inversores, les otorga el nombre de inversores minoristas y exige a la entidad la realización de un test de conveniencia para poder determinar la capacidad del inversor de contratar productos como el que ocasiona esta reclamación.
En ningún momento se realizó ni la clasificación como minorista, ni el test de conveniencia con anterioridad a la contratación de este producto.

Tercero: Esta misma directiva, traspuesta al ordenamiento jurídico español mediante la ley 47/2007 y el Real Decreto 217/2008, dice que deberá incluirse en la explicación de los riesgos, los conexos al tipo de producto incluida una explicación del riesgo de pérdida y la volatilidad del precio del instrumento financiero y cualquier limitación de mercado en que pueda negociarse.
No consta una explicación de los riesgos conexos a los instrumentos derivados que se utilizan en el producto, ni una estimación de las posibles pérdidas en diferentes escenarios, ni las limitaciones del mercado en que se negocian, ni en que mercado se negocian.

Cuarto: En el mismo Real Decreto 217/2008 se cita la obligación de informar en las órdenes dadas por los clientes de una serie de conceptos, algo que se ha incumplido en la venta de este producto, ya que en la información recibida no aparece la hora de la ejecución, ni la identificación del centro de ejecución, ni el precio de la operación.

Quinto: El art. 79 bis de la ley 24/1988 ha sido vulnerado en el punto 79 bis.2 ya que la publicidad no es clara ni imparcial, ni explica claramente los riegos en caso de amortización o cancelación total. El consumidor minorista no conoce el mercado de derivados para saber el coste que pueden alcanzar estas cancelaciones.

Sexto: El art. 79 bis de la ley 24/1988 ha sido vulnerado en el punto 79 bis.3 ya que se daba información engañosa al referirse los comerciales al producto con la denominación "seguro", cuando se trata de un producto derivado.
Además hay una completa ausencia de información sobre los centros de ejecución de órdenes y sobre los gastos y costes asociados de modo que les permita comprender la naturaleza y los riesgos del servicio de inversión y del tipo específico de instrumento financiero que se ofrece pudiendo, por tanto, tomar decisiones sobre las inversiones con conocimiento de causa. Incluso se habló de "coste cero" en el caso de la cancelación.

Séptimo: El número octavo de la orden del 12 diciembre 1989 también ha sido incumplido por parte de la entidad al no informar en las liquidaciones que practica por la cancelación de este producto ni del tipo de interés, ni del mercado donde se ha negociado el instrumento, la fecha y hora de la ejecución, ni la fórmula utilizada para el cálculo del adeudo.

Octavo: El contrato de adhesión firmado, contiene un clausulado general, en el que el cliente declara haber solicitado este producto de cobertura. Esta cláusula, redactada de forma general, presupone que todos los contratos de adhesión de este tipo han sido solicitados por los clientes, cuando se trata de un producto novedoso a la par que complejo, y que no se publicita en las cristaleras de las sucursales.
Se trata de un producto complejo, para nada conocido por los pequeños ahorradores, y que en absoluto solicitamos. Hubo reiteradas llamadas y contactos por parte de la entidad para contratar este producto.

Noveno: Según el artículo 82.1 del Real Decreto 1/2007, se considerarán prácticas abusivas, todas aquellas no consentidas expresamente, y que realizadas en contra de las exigencias de la buena fe, causen un perjuicio al consumidor y usuario.
Se ha vendido con la denominación de "seguro" cuando es un producto derivado. Los consumidores minoristas conocen el funcionamiento de un seguro, que en ningún caso es parecido a los riesgos de un derivado. No se ha informado del posible coste de cancelación ni de realizar amortizaciones parciales, etc.
La información de los folletos del producto es insuficiente.
Los contratos contienen cláusulas en las que se indica que los clientes contratan productos derivados, pero nada se dice de los riesgos de este tipo de productos. (Ver cláusulas 1 y 2 de los contratos).
Los contratos contienen cláusulas en las que se indica que el contrato se podrá resolver anticipadamente procediéndose a la correspondiente liquidación positiva o negativa en función de las condiciones existentes en el mercado de tipos de interés. Esta cláusula no explica adecuada ni suficientemente la posible liquidación para que un cliente minorista sepa el riesgo que está contrayendo. Ni siquiera aparece la fórmula de cálculo de esta liquidación.

Por todo esto, SE SOLICITA:

Primero: Que se declare nulo el contrato, restituyéndose las cantidades aportadas por las partes, por error en el consentimiento y engaño, tal y como prevé el Código Civil en su artículo 1265, 1266 y 1301, y por los hechos expuestos anteriormente.

Valladolid, a 15 de Abril de 2010
(firma y fotocopia del dni)

Para la oficina

Sr. Director - Oficina BBVA Nº xxxx
C/xxxxxxxxxxxxxxxx

Asunto: Petición de Datos de Carácter Personal y documentación contractual.

Don xxxxxxx, con DNI xxxxxx, mayores de edad, con domicilio en c/xxxxxxxxxx, SOLICITAN

1- Acceder, y que se me informe por escrito, de TODOS los datos que figuren en sus registros sobre mi persona.
2- Se me informe por escrito del perfil o perfiles que tengan sobre mi como cliente de BBVA.
3- Se me informe por escrito de todas las clasificaciones que se tengan de mi como cliente.
4- Se me informe por escrito de todos los productos contratados por mi, incluyendo cuentas corrientes, asociadas, fondos, valores, depósitos, etc, etc.
5- Se me informe por escrito de cómo se están tratando mis datos informáticamente y los ficheros donde estén mis datos recogidos, así como sus responsables.
6- Se me informe por escrito de a qué personas tanto físicas como jurídicas, y Entidades tanto públicas como privadas, se facilitan o han facilitado mis datos personales, clasificaciones, perfiles, etc, y se autorizan o han autorizado a manejarlos.
7- Se me informe por escrito, del contenido de todo aquello a lo que conforme a mi derecho, y recogido en la citada Ley Orgánica 15/1999 de Protección de datos de carácter personal, no haya quedado reflejado en los puntos anteriores.

Todo ello conforme a la obligación de entregar dicha documentación y cumplir los plazos de entrega estipulados en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de datos de carácter personal.

Asimismo SOLICITAMOS la documentación siguiente relativa al contrato Cuota Segura BBVA:

1- Copia del contrato firmado.
2- Test de idoneidad.
3- Test de conveniencia.
4- Calculo del coste de cancelación.
5- Histórico de pagos de dicha cuota.

Ruego que la información escrita solicitada sea puesta a mi disposición en la propia Oficina Nº xxxxxxxxxx (dándome aviso certificado), o bien me sea remitida por vía fehaciente a la dirección de mi domicilio particular que le indiqué anteriormente, a la mayor brevedad posible.
Valladolid, a 15 de Abril de 2010
(firma y fotocopia dni)

Para defensor del cliente
AL DEFENSOR DEL CLIENTE DE BBVA


D. xxxxxxxxxxxxxxx, con DNI xxxxxxxxxxxx y domicilio en xxxxxxxxxxxxxxx, ante el Defensor del Cliente de BBVA comparezco y como mejor proceda en derecho EXPONGO:

Que adjunto remito copia del contrato de Cuota Segura firmado por quienes suscriben juntamente con el BBVA en la fecha de XX de XXXXXXXX de 2008, así como de la reclamación presentada ante el servicio de Atención al Cliente del mismo Banco el XX de XXXXX de 2009, de la que vengo a ratificarme en todos los extremos, al considerar que el referido contrato tiene un resultado desproporcionadamente dañoso para mi persona a la hora de su cancelación anticipada, como se desprende de la liquidación que me ha notificado por escrito mi sucursal de BBVA Nº XXXX, de la que también adjunto copia y en la que nos reclaman el abono de XXXXXXX € para la cancelación del mismo, a fecha de XX de XXXX de 2009.

Entiendo que, induciéndome a firmar el referido contrato de Cuota Segura, el BBVA ha incurrido, entre otras, en una serie de MALAS PRACTICAS BANCARIAS que a continuación expongo:

PRIMERO: Ha existido una serie de deficiencias informativas que no me han permitido hacer una verdadera estimación de las condiciones y consecuencias del contrato.
El Art. 79 Bis de la Ley 24/1988 del Mercado de Valores ha sido vulnerado en el punto 79.3 ya que se me dio información engañosa al referirse el comercial al producto con la denominación de “seguro”, cuando se trata de un producto derivado. Los consumidores Minoristas, como es mi caso, conocen el funcionamiento de un seguro, que en ningún caso es parecido a los riesgos de un derivado.
No se me informó en ningún momento de manera adecuada, clara y comprensible que me hubiera permitido comprender la naturaleza y riesgos del producto CUOTA SEGURA, sin poder tomar la decisión de su contratación con conocimiento de causa cuando la propia sucursal me llamó reiteradamente para ofrecérmelo.
Asimismo también se omitió por parte de BBVA información sobre los riesgos del mencionado producto y de que no podía cancelar mi hipoteca, aumentar o reducir capital, subrogarme a otra entidad, sin que antes tenga que pagar el importe de cancelación del contrato.

SEGUNDO: El producto bancario objeto del contrato aquí denunciado está incluido por la Directiva Comunitaria MIFID, transpuesta al ordenamiento jurídico español mediante la Ley 47/2007 y el Real Decreto 217/2008, en la categoría de “productos complejos”, por lo que obligatoriamente se debe realizar el Test de Conveniencia y Test de Idoneidad, salvo que se trate de la ejecución de órdenes a iniciativa del cliente o que el cliente tenga experiencia (se considera como tal si se ha tenido contratado durante los 12 meses anteriores a la entrada en vigor de la Directiva MIFID), cuyo objetivo entre otros está el de proteger al cliente para que conozca y comprenda el producto que va a comprar, sepa valorar el riesgo en el que va a incurrir y tome la decisión en consecuencia. A ésta parte NO se le realizaron los citados Test, de obligado cumplimiento, que incluye la Directiva para clasificar a los clientes según su perfil inversor.

TERCERO: La iniciativa fue tomada por parte de la entidad BBVA, que informó a ésta parte únicamente de la proyección que a su entender tenía el índice de interés (EURIBOR) de continuar al alza durante el período de duración del producto ofrecido, y no informó en ningún caso del comienzo de la tendencia a la baja de dicho índice de interés, ni de las consecuencias que una bajada importante de éste podría tener sobre la cuantía mensual de mi cuota hipotecaria, cuando en la fecha de la firma del contrato el Servicio de Estudios del BBVA manejaba unas previsiones de bajadas del Euribor “inminentes” y “significativas”.

CUARTO: La redacción del contrato CUOTA SEGURA incurre en una serie de irregularidades que a continuación se detallan:

- Induce a confusión, ya que nadie podría calcular en base a lo estipulado en el mismo semejante “sanción” por cancelación anticipada, que realmente no se sabe (porque no aparece en ninguna parte del texto) dónde o en qué forma se calcula. Los principios de Proporcionalidad y Equivalencia resultan evidentemente conculcados, y al documento de cancelación me remito: me solicitan XXXXX € por cancelar un contrato del que no me he beneficiado en nada.
- Asimismo parece procedente citar en la presente reclamación la normativa de Consumidores y Usuarios que protege a éstos en situaciones de manifiesta desproporción como la que aquí se presenta y la sanción de nulidad que la Ley para estos casos establece, Real Decreto Legislativo 1/2007 Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, más concretamente en el precepto 85, que en el apartado sexto establece la nulidad de las cláusulas que “supongan una indemnización desproporcionadamente alta”, como es el caso que aquí nos ocupa.
- Es también de mencionar la falta de reciprocidad de la que adolece el contrato en los términos del Art. 87 de la misma Ley, así como la consideración de abusivas de las cláusulas que componen el mismo, pues según el Art. 82.1 se considerarán como tal “todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones que se deriven del contrato”.
- El contrato de adhesión firmado, contiene un clausulado general, en el que el cliente declara haber solicitado este producto de cobertura. Esta cláusula, redactada de forma general, presupone que todos los contratos de adhesión de este tipo han sido solicitados por los clientes, cuando se trata de un producto novedoso a la par que complejo, y que no se publicita en las cristaleras de las sucursales.
Se trata de un producto complejo, para nada conocido por los pequeños ahorradores, y que en absoluto solicité. Hubo reiteradas llamadas y contactos por parte de la entidad para inducirme a contratar este producto.

QUINTO: Según establece el artículo 8 del Reglamento de los Comisionados para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros aprobado por el Real Decreto 303/2004, es imprescindible acreditar haber formulado mi reclamación al Servicio de Atención al Cliente de BBVA (documento que se adjunta).
SEXTO: Por ultimo también debo decir que en ningún momento se me realizó el Test de Idoneidad ni el de Conveniencia, como es preceptivo por la normativa MIFID , que entró en vigor el 1 de Diciembre de 2007, y yo firmé el contrato de la”Cuota Segura” en Marzo de 2008 : por ello, en caso de que su respuesta sea negativa, me veré obligado a presentar queja formal ante el Banco de España.

Por todo lo cual

SOLICITO: Que este organismo cuya función es defender los legítimos derechos de los clientes del BBVA, proceda a admitir este escrito y en base a los argumentos tanto de hecho como de derecho expuestos, inste al BBVA a corregir todos los abusos en que ha incurrido al inducirme a firmar el contrato CUOTA SEGURA, y en consecuencia a devolver al abajo firmante la totalidad de lo abonado indebida y desproporcionadamente por dicho concepto.

Por ser de justicia, que pido en XXXXXa XX de XXXXXXX de 2009.


Firma.......................................

Fdo. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Para aepd
DENUNCIA ANTE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

DATOS DEL AFECTADO
(1)

D. / Dª. .................................................. .................................................. .................................., mayor de edad,
con domicilio en .................................................. .................................................. ......................... nº..........,
Localidad ……………………......................................... Provincia ……........................................ C.P. ...............
Comunidad Autónoma .................................................. ......................, con D.N.I./Pasaporte nº..........................

DATOS DEL PRESUNTO RESPONSABLE

Nombre / Razón social: .................................................. .................................................. .....................................
Oficina / Servicio (en su caso): ………….............................................. .................................................. ...............
Domicilio: .................................................. .................................................. ........................................... nº ….....,
Localidad......................................... ......................................... Provincia ................................. C.P. ..................
Comunidad Autónoma .................................................. .................................... C.I.F./D.N.I. ...............................

De acuerdo con lo previsto en la normativa vigente, pone en conocimiento del Director de la Agencia Española
de Protección de Datos los siguientes HECHOS:
…………………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………………………

que justifica con la DOCUMENTACIÓN ANEXA que se relaciona a continuación:

Documento nº 1 ………………………………………………………………………………………………..………......
Documento nº 2 ……………………………………………………………………………………………..…………......
Documento nº 3 …………………………………………………………………………………………..……………......
……

En virtud de lo expuesto, SOLICITA que se dicte acuerdo de inicio de procedimiento sancionador o de
infracción de las Administraciones Públicas o se incoen actuaciones con objeto de determinar si concurren
circunstancias que justifiquen tal iniciación y que, en cualquier caso, se me notifique el acuerdo que se adopte,
de conformidad con lo previsto en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, aprobado mediante
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

En .................................................. ............................................a ........de ........................... de 20......

Firmado:



SR. DIRECTOR DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
C/ Jorge Juan, 6.- 28001 MADRID

(1)
La denuncia puede presentarse por el propio afectado, en cuyo caso acompañará copia del DNI, o cualquier otro documento que
acredite la identidad y sea considerado válido en derecho. También puede concederse la representación legal a un tercero, en cuyo caso,
además, se deberá aportar DNI y documento acreditativo de la representación de éste.

Para banco de españa
SERVICIO DE RECLAMACIONES DEL BANCO DE ESPAÑA

D. XXXXXXXXXXXXXXXXXX, con DNI XXXXXXXXX-X y Dña .XXXXXXXXXXXXXXXX, con DNI XXXXXXXXXX-X y domicilio en C/ XXX XXXXX XXXX XXXX de Sevilla, ante el Banco de España comparecemos y como mejor proceda en derecho SOLICITAMOS:

Que adjunto remitimos copia del contrato de Cuota Segura firmado por quienes suscriben juntamente con el BBVA en la fecha de XX de XXXXXXXX de 2008, así como de la reclamación presentada ante el servicio de Atención al Cliente de referencia del mismo Banco el XX de XXXXX de 2009, de la que venimos a ratificarnos en todos los extremos, al considerar que el referido contrato tiene un resultado desproporcionadamente dañoso para nosotros a la hora de su cancelación anticipada, como se desprende de la liquidación que nos ha notificado por escrito nuestra sucursal de BBVA Nº XXXX, de la que también adjuntamos copia y en la que nos reclaman el abono de XXXXXXX € para la cancelación del mismo, a fecha de XX de XXXX de 2009.

Entendemos que, induciéndonos a firmar el referido contrato de Cuota Segura, el BBVA ha incurrido, entre otras, en una serie de MALAS PRACTICAS BANCARIAS que a continuación exponemos:

PRIMERO: Ha existido una serie de deficiencias informativas que no nos han permitido hacer una verdadera estimación de las condiciones y consecuencias del contrato.
El Art. 79 Bis de la Ley 24/1988 del Mercado de Valores ha sido vulnerado en el punto 79.3 ya que se nos dio información engañosa al referirse el comercial al producto con la denominación “seguro” cuando se trata de un producto derivado. Los consumidores Minoristas, como es nuestro caso, conocen el funcionamiento de un seguro, que en ningún caso es parecido a los riesgos de un derivado.
No se nos informó en ningún momento de manera adecuada, clara y comprensible que nos hubiera permitido comprender la naturaleza y riesgos del producto CUOTA SEGURA, sin poder tomar la decisión de su contratación con conocimiento de causa cuando la propia sucursal nos llamó reiteradamente para ofrecérnoslo.
Asimismo también se omitió por parte de BBVA información sobre los riesgos del mencionado producto y de que no podíamos cancelar nuestra hipoteca, aumentar o reducir capital, subrogarnos a otra entidad; sin que antes tengamos que pagar el importe de cancelación del contrato.

SEGUNDO: El producto bancario objeto del contrato aquí denunciado está incluido por la Directiva Comunitaria MIFID, transpuesta al ordenamiento jurídico español mediante la Ley 47/2007 y el Real Decreto 217/2008, en la categoría de “productos complejos”, por lo que obligatoriamente se debe realizar el Test de Conveniencia y Test de Idoneidad, salvo que se trate de la ejecución de órdenes a iniciativa del cliente o que el cliente tenga experiencia (se considera como tal si se ha tenido contratado durante los 12 meses anteriores a la entrada en vigor de la Directiva MIFID, cuyo objetivo entre otros está el de proteger al cliente para que conozca y comprenda el producto que va a comprar, sepa valorar el riesgo en el que va a incurrir y tome la decisión en consecuencia)A ésta parte NO se le realizaron los citados Test, de obligado cumplimiento, que incluye la Directiva para clasificar a los clientes según su perfil inversor.

TERCERO: La iniciativa fue tomada por parte de la entidad BBVA, que nos informó a ésta parte únicamente de la proyección que a su entender tenía el índice de interés (EURIBOR) de continuar al alza durante el período de duración del producto ofrecido, y no informó en ningún caso del comienzo de la tendencia a la baja de dicho índice de interés, ni de las consecuencias que una bajada importante de éste podría tener sobre la cuantía mensual de nuestra cuota hipotecaria, cuando en la fecha de la firma del contrato el Servicio de Estudios del BBVA manejaba unas previsiones de bajadas del Euribor “inminentes” y “significativas”

CUARTO: La redacción del contrato CUOTA SEGURA incurre en una serie de irregularidades que a continuación se detallan:

- Induce a confusión, ya que nadie podría calcular en base a lo estipulado en el mismo semejante prima de cancelación, que realmente no se sabe (porque no aparece en ninguna parte del texto) dónde o en qué forma se calcula. Los principios de Proporcionalidad y Equivalencia resultan evidentemente conculcados, y al documento de cancelación nos remitimos, nos solicitan XXXXX € por cancelar un contrato del que no nos hemos beneficiado en nada.
- Asimismo parece procedente citar en la presente reclamación la normativa de Consumidores y Usuarios que protege a éstos en situaciones de manifiesta desproporción como la que aquí se presenta y la sanción de nulidad que la Ley para éstos casos establece, Real Decreto Legislativo 1/2007 Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, más concretamente en el precepto 85, que en apartado sexto establece la nulidad de las cláusulas que “supongan una indemnización desproporcionadamente alta”, como es el caso que aquí nos ocupa.
- Es también de mencionar la falta de reciprocidad de la que adolece el contrato en los términos del Art. 87 de la misma Ley, así como la consideración de abusivas las cláusulas que componen el mismo, pues según el Art. 82.1 se considerarán como tal “todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones que se deriven del contrato”.
- El contrato de adhesión firmado, contiene un clausulado general, en el que el cliente declara haber solicitado este producto de cobertura. Esta cláusula, redactada de forma general, presupone que todos los contratos de adhesión de este tipo han sido solicitados por los clientes, cuando se trata de un producto novedoso a la par que complejo, y que no se publicita en las cristaleras de las sucursales.
Se trata de un producto complejo, para nada conocido por los pequeños ahorradores, y que en absoluto solicitamos. Hubo reiteradas llamadas y contactos por parte de la entidad para contratar este producto.

QUINTO: Según establece el artículo 8 del Reglamento de los Comisionados para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros aprobado por el Real Decreto 303/2004, es imprescindible acreditar haber formulado nuestra reclamación al Servicio de Atención al Cliente de BBVA (documento que se adjunta). En la resolución ofrecida por dicho departamento de Atención al Cliente nos instaban a que acudiésemos a nuestra sucursal XXXX, sita en la C/ XXXXXX nº X de Sevilla, para que llegásemos a un acuerdo satisfactorio para ambas partes. Tras reunirnos con el Sr. Director de ésta sucursal, no nos ofrece ninguna solución para la rescisión del Contrato Cuota Segura, sin que ello conlleve el pago por ésta parte del importe de la cancelación anticipada mencionado en éste texto.


Por todo esto, SE SOLICITA:

Que éste Organismo Público proceda a admitir éste escrito y en base a los argumentos de derecho expuestos y en virtud de la fuerza que la Ley le concede para velar por la corrección, bondad y legalidad de las prácticas bancarias, inste al BBVA a corregir todos los abusos en que ha incurrido con el contrato CUOTA SEGURA y en consecuencia a devolver a los abajo firmantes la totalidad de lo abonado indebida y desproporcionadamente por dicho concepto.

Por se de Justicia que pedimos en Sevilla a XX de XXXXXXX de 2009


D. XXXXXXXXXXXXXXXXX DÑA. XXXXXXXXXXXXXXX
DNI: XXXXXXXX-X DNI: XXXXXXXX-X



ANIMO Y A POR ELLOS!!!!!!!!!!!

txals

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Mensaje  kiny071 Jue Abr 15, 2010 6:47 pm

Me parece muy bien y muy currado , yo lo primero que pedi fue una copia del contrato , y tuve la gran suerte q faltaba una de las firmas (en concreto la mia) , entonces fue por donde encauce mi reclamacion en menos de un mes y despues de varias discursiones con la directora cancelamos la cuota segura y nos devolvieron las cuotas pagadas, pero e lcaso de otra amiga mia fue diferente su reclamacion se centro en la falta del Test de conveniencia.- Test de idoneidad.tambien pudo cancelarla , asique espero q tu tengas la misma suerte
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Mensaje  txals Jue Abr 15, 2010 7:42 pm

yo tengo firmadas todas las hojas, y sobre los test, cuando firme todavia no habia obligacion de hacerlos, pero bueno seguire luchando igualmente

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Mensaje  txals Lun Abr 19, 2010 10:32 am

kiny071 escribió:Me parece muy bien y muy currado , yo lo primero que pedi fue una copia del contrato , y tuve la gran suerte q faltaba una de las firmas (en concreto la mia) , entonces fue por donde encauce mi reclamacion en menos de un mes y despues de varias discursiones con la directora cancelamos la cuota segura y nos devolvieron las cuotas pagadas, pero e lcaso de otra amiga mia fue diferente su reclamacion se centro en la falta del Test de conveniencia.- Test de idoneidad.tambien pudo cancelarla , asique espero q tu tengas la misma suerte

hoy he ido a entregarle los escritos de reclamacion y de peticion de datos a mi director, me ha sellado las copias y me ha dicho que me llamaran con lo que sea, asi que a esperar toca.

segun lo leia, parece que pensaba "joder otro mas que viene a tocarnos las pelotas" y yo pensando "si majo si..." Twisted Evil

txals

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Mensaje  arbolaso Jue Mayo 20, 2010 10:50 am

Gracias por este trabajo, me ha ayudado bastante, yo ya las he enviado,( a la oficina y a atención a l cliente) lo he hecho por correo certificado con acuse de recibo, no se si,¿he hecho bien?.

arbolaso

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Mensaje  Jorobao seguro Jue Mayo 20, 2010 1:13 pm

Muy bien, es la mejor forma, yo suelo aconsejar tambien que se incluya copia del DNI junto con la reclamacion.

Un saludo.
Jorobao seguro
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Mensaje  arbolaso Jue Mayo 20, 2010 5:35 pm

Si también he incluido fotocopia del DNI, tanto mío como de mi mujer ,ya que al ser cotitulares, los escritos los hemos hecho conjuntos.

arbolaso

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Mensaje  Admin Jue Mayo 20, 2010 10:18 pm

Muy bien, txals. Un magnífico trabajo. Lo voy a copiar y pegar en un Post, cerrado, con el título de Resumen Informativo para los que comienzan, y les será muy útil. Saludos. Marc.
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Mensaje  txals Lun Mayo 31, 2010 9:23 pm

gracias Wink

txals

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Mensaje  Angel Mamola Lun Mayo 31, 2010 10:13 pm

Muy trabajado,si señor.Estoy con admin sera de ayuda a muchos compañeros.
Saludos
Angel Mamola
Angel Mamola

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primeros pasos nuevos - resumen de todos los pasos a seguir, incluidos escritos y direcciones Empty ¿Hay algo parecido para el STOCKPYME?

Mensaje  christophe Mar Ago 17, 2010 10:08 am

Excelente trabajo. IM-PRESIONANTE ¡¡¡¡

¿Hay algo parecido para STOCKPYME?

Saludos y ánimo a todos.
christophe
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primeros pasos nuevos - resumen de todos los pasos a seguir, incluidos escritos y direcciones Empty Re: resumen de todos los pasos a seguir, incluidos escritos y direcciones

Mensaje  piticoti Miér Ago 18, 2010 1:26 am

Hola Christophe,

En el apartado "Escritos, Modelos y Documentación" encontrarás los modelos preparados para Stockpyme, que espero te sirvan de ayuda.

Un cordial saludo.
piticoti
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