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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II

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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Dictamen Banco de España de STOCKPYME II

Mensaje  Tonipere Dom Ene 24, 2010 7:26 pm

Buenos dias a todos.
Os comunico que he recibido el Dictmen del BdEspaña sobre mi SOCKPYME TIPO II y es desfavorable para mi.
Os comento la parte final del Sevicio de Reclamaciones:
"...según documentación aportada el reclamante suscribió un contrato de cobertura de riesgo de interés de su préstamo hipotecario denominado STOCKPYME ...mediante el cual acuerda el pago de un tipo fijo al.... a cambio de recibir un variable euribor 3M. En el contrato se establece la forma de liquidación de la permuta, indicando que se efectuará liquidación por el saldo neto de las cantidades a pagar. También se establece el derecho de cancelación anticipada y la posibilidad de realizar un cargo por parte del banco como consecuencia de la misma.
Por consiguiente, desde el punto de vista del contenido y redacción del contrato, no cabe quebrantamiento de la normativa de transparencia ni de las buenas prácticas bancarias, no pudiendo este Servicio valorar las conversaciones verbales que hubiera podido haber en el proceso previo de contratación del producto ni el grado de comprensión de los reclamantes de las características del mismo a la luz de las explicaciones recibidas, dado que en este punto se ofrecen versiones contradictorias y se carece de pruebas que permitan determinar la veracidad de las mismas. Dichas cuestiones.....tribunales de justicia......"

Esto es su opinión, pasemos si quereis a analizar un poco mis características del contrato y entonces, santiguaros con los dictamenes próximos del BdEspaña.
Como vereís este dictamen difiere de los anteriores, cuando decia que el cliente no tenia capacidad de elegir momento de cancelación o se cuestionaba el alcance de la buena voluntad bancario.
Os relato brevemente como se contrato mi STOCKPYME y luego como intente cancelarlo:
Un dia de enero de 2007 el Gestor Personal de Negocios a quien llamaremos USURERO me ofrecio un producto para garantizar mi hipoteca. Como le mandaban de Director a otra sucursal, me llamo para que firmaramos el producto del que habiamos hablado y del que solo tuve una hoja del BBVA de uso internos con una grafica. A nuestra llegada a la sucursal, imprimió el Contrato y como la Administradora es mi esposa, saliamos de su trabajo y sin leerlo y confiando en USURERO lo firmamos. Me extraño el importe y le preguntamos el porque del importe, ya que era por el total del hipotecario y habia capital amortizado, a lo que USURERO nos respondió " que tenia que ser por el total", claro que no nos podia decir la verdad, y si hubiera podido colocarnos mayor importe lo hubiera realizado. Firmamos sin poner demasiados problemas y nos dijo USURERO "eso lo podeis cancelar cuando querais", claro que se le olvido decir que tenia coste de cancelación.
El contrato se guardo en un archivador, vino el primer cargo de intereses, el segundo y solo venian las siglas IRS que al final me aclararon en el BBVA que eran los intereses.
Posteriormente subieron los intereses y cobré, llegando un momento despues de verano de 2008 en el que se veia que bajarian los intereses por la crisis. En ese momento estaba a la par de cobros y pagos. En octubre voy al Gestor Persona de Negocio que me habian asignado después de la marcha de USURERO al que llamaremos PITICLIN pidiendole la cancelación del contrato, ya que no tenia claro lo de aquel producto. Como eramos desconocedores de que conllevaba coste al igual que PITICLIN, este nos aconseja que esperemos a la renovación de los intereses que era semestral y veriamos como quedabamos. Total en febrero de 2009 retomo interés por el asunto y al solicitar la cancelación me llama PITICLIN para decirme que le habian pedido 22.000.-€ por la cancelación, pero que hablaría con el Director ya que habria habido un error, que eso no podia ser.
Le pido cuentas a USURERO y me dice que" nosotros habiamos comprado tranquilidad y que nadie esperaba que los intereses pegaran esa bajada" a lo que le comente que no habia procedido correctamente al no informarnos del producto en realidad.
Como la primera solicitud de cancelaciónde octubre de 2009 era verbal, pase a correos electrónico y no obtenia respuestas a mi solicitud de cancelación, después pase a burofax y seguian con lo mismo.
Llegado el pago del 4º trimestre de 2009 me nege a pagarlo, retirando todos los activos del BBVA y dejando solo los pagos de un personal, un leasing y el hipotecrio. Todo ello lo realizo por ventanilla a la cuenta y después me lo descargan a los prestamos. No me han dejado de cargar el STOCKPYME incluso les he mandadso un requerimiento notarial y ahora me cargan descubierto por los recibos, aunque los pague en fecha, ya que PITICLIN retira nuevamente el dinero y los carga al producto.
Eso es el momento hasta hoy.
Analicemos el DICTAMEN: Solo tiene el cuenta los cruces de información entre BBVA y nosotros en el momento de la firma, pero habrá que realizarse alguna preguntas:
¿Por que no reconoce el BdEspaña que al ser minorista no tenemos el perfil adecuado para esos producto financieros, cuando nunca habiamos contratado ninguno de ellos?
¿Por que el BdEspaña no tiene en cuenta que ante la petición de información, como la calificación de minorista de la S.L no se nos responde?
No podemos solicitar Test de Idoneidad ni de Conveniencia al ser anteriores al MIFID.
¿Por que no tiene en cuenta el correo electrónico de marzo de 2009 en el que solicito la cancelación del contrato a PITICLIN y no obtengo nunca respuesta oficial?
¿Por que no tiene en cuenta el BdEspaña los dos burofax pidiendo el coste de casncelación del contrato y al que nunca me responden?

Esa es la situacón generada. Pienso mandarles un escrito al BdEspaña para comentarles la falta de criterio al responder solo a los derechos del BBVA en la firma del contrato y obviar los mios cuando solicito la cancelación, información de la catalogación de minotrista y el coste de cancelación.
También pienso que debería mandarselo al defensor de Bruselas para que se lo remita al BCentral Europeo y que asi vea que el BdEspaña es una simple marioneta de los grandes bancos.
Siento que sea tan largo, pero os interesa conocer un poco el procedimiento, ya que si en breve esperais el Dictamen, no creo que sea diferente a este.
Siempre nos queda la via judicial.

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Mensaje  Admin Dom Ene 24, 2010 11:22 pm

Hola, Tonipere. Esperaba exactamente que el BdE empezaría a descolgarse con resoluciones como ésta, desfavorables para los pobres clientes y favorables para el BBVA, porque al fin y al cabo el BdE es el BANCO DE BANCOS, NO LO OLVIDEMOS. Casi como si dijéramos, juez y parte. O ¿cómo iba a resolver un juez en el que el encausado fuese un hijo suyo? Esto no ni pies ni cabeza. El procedimiento es una idiotez, y la resolución de junio de 2009 favorable a un cliente engañado con un Sockpyme como tú, NO FUE MÁS QUE UN ESPEJISMO.
El Foro se fundó el 15 de abril, y desde el mes de junio ya estaba yo diciendo (lo sabe bien Maribel, a la que por cierto hace un par de meses que no veo por el Foro) que los Stockpyme terminarían en los Tribunales, y que convenía formar asociaciones de todos los afectados y presentar una macrodemanda, con fuerte resonancia en los medios. ES LA ÚNICA VÍA: UN JUEZ IMPARCIAL. ¡OJALÁ LO ENCONTREMOS!. Un saludo. Marc.
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Mensaje  Tonipere Mar Ene 26, 2010 7:25 pm

Os dejo la copia del dictamen del BdE. Como veréis solo emitir dictamen sobre el momento de la contratación. Omite el resto de información, ya que a la petición de cancelación verbal, que por desconocimiento de costes de cancelación (nuestro y del Gestor de Negocios) aplazamos de octubre 2008 a febrero de 2009 (ahí cayeron los intereses) y tras solicitar cancelación vía verbal, mail y buró fax, nunca obtuvimos respuesta, así como a la petición de catalogación, etc. Soy anterior a las normas MIFID pero no tengo contrato marco firmado.
Total un despropósito el BdEspaña teóricamente de todos los españoles y al servicio de unos pocos.
Ahí os cuelgo si puedo el Dictamen y como decía, prepararos que a partir de ahora serán de este color.
Un saludo
Lo siento pero no puedo colgar el anexo, explicadme como hacerlo y pondre el Dictamen del BdE.

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Mensaje  Admin Mar Ene 26, 2010 11:35 pm

Tonipere escribió:Os dejo la copia del dictamen del BdE. Como veréis solo emitir dictamen sobre el momento de la contratación. Omite el resto de información, ya que a la petición de cancelación verbal, que por desconocimiento de costes de cancelación (nuestro y del Gestor de Negocios) aplazamos de octubre 2008 a febrero de 2009 (ahí cayeron los intereses) y tras solicitar cancelación vía verbal, mail y buró fax, nunca obtuvimos respuesta, así como a la petición de catalogación, etc. Soy anterior a las normas MIFID pero no tengo contrato marco firmado.
Total un despropósito el BdEspaña teóricamente de todos los españoles y al servicio de unos pocos.
Ahí os cuelgo si puedo el Dictamen y como decía, prepararos que a partir de ahora serán de este color.
Un saludo
Lo siento pero no puedo colgar el anexo, explicadme como hacerlo y pondre el Dictamen del BdE.
Mira Tonipere: abre la web de ultrashare.net. clicas examinar, seleccionar tu archivo, lo abres y luego clicas en download file. Te saldrán abajo tres tiras con tu archivo o file. Seleccionas la primera p. ej. haciendo correr el ratón, vas a editar, copar. Ya la tienes. Luego entras en el Foro, en tu mensaje, y en el espacio donde quieras colocar ese link, vas a editar, pegar y ya está. Espero que te salga. A ver si lo vemos. Un saludo. Marc.
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Mensaje  Tonipere Mar Feb 02, 2010 11:30 am

Aqui teneis el dictamen del BdE. Como explico arriba es vergonzoso.
Comentaros que después de que me lo remitieran por correo electrónico me lo mandaron or carta, cual fué mi sorpresa cuando veo que viene acompañado por un documento de 20 paginas (solamente) del BBVA intentando argumentar la respuesta al BdE.
De verdad que tiene unas "pewrlas" por la que os quedariais "pasmaos" en sus declaraciones y que dan pie a una demanda inmediatamente. Os comento que con las prisas cometi el error de argumentar mi defensa ante el BdE con las normas MIFID, posteriormente y al darme cuenta del error mande un nuevo buró fax a BBVA y lo adjunte a la reclamación del BdE y aqui el error del BBVA que defiende su respuesta con el asunto MIFID y en que no estaba obligado a su complimiento.
Bueno no se si sabeis que este domngo a petición de una persona de Valencia se realizó una reunión el la capital y duimos unos 25 afectados de diferentes bancos. De verdad que hay casos sangrante y habia una viuda a la que le siguen reclamando la cuota de su marido, que según ella falleció del disgusto del maldito producto.
No he eliminado los datos personales del escrito BBVA y os pondré algunas frases para que veais como argumentan ante el BdE.
Yo por mi parte ante le diferencia de casos que veo y de bancos, sinceramente sali desanimado y en estos momentos estoy con dudas de iniciar demanda o de negociar con BBVA. De momento estos me van a proponer un nuevo STOCKPYME a 3 años. Esta claro que si acepto no tengo nada que reclamar y por otro lado es prolongar la agonia. El importe sube un poco más que la cancelación y lo que hacen y asi te lo explican es calcularte el importe de la cancelación y diferirlo según sus previsiones para ganar lo mismo en otro plazo de tiempo. Es decir ellos no dejan de ganar. Unos canallas. No se bajan del burro.La verdad es que tengo que verlo con los abogados y el asunto es el desgaste de la demanda.
Aqui os dejo algunas frases de las alegaciones de BBVA:
"..lo cierto es que en ekl propio contrato calusul 3 el reclamante manifiesta que ha solicitado a BBVA la realización de esta operación y con asesoramiento juridico y financiero ajenoa a BBVA para entender los términos del contrato". La realidad se imprimio y firmo en el mismo momento y sin explicarlo correctamente ni lleerlo por confiar con la persona.
"....este producto se pone a disposición del cliente de una forma no particularizada, de manera que, pese a que el perfil al que se dirige es el de sociedades o personas con actividad económica que quieran cubrir el riesgo de tipos de interés de su balance, BBVA no atiende a las condiciones o necesidades concretas de cada cliente a la hora de contratar las operaciones.....el banco se limita a comprobar que el potencial inversor es una sociedad o persona fisica con actividad economica,...sin comprobar si de acuerdo con el posible endeudamiento del cliente potencial, el producto STOCKPYME es idoneo para él o no, o siquiera que aquel tenga un endeudamiento con BBVA referenciado a un interés variable. Dado el perfil de este tipo de clientes la posible utilidad o no del contrato a sus particularidades debe ser comprobada por ellos mismos." Toma con la protección a los minoristas.

http://ultrashare.net/hosting/fl/c169a84a00/Dictamen_BdEspaña_sin_datos

Miraros esto y en otro momento os pondré más información mejor que esta. Tengo que dejaros.
Un saludo

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Mensaje  estrella Mar Feb 02, 2010 4:59 pm

Hola Tonipere, un dictamen del BDE desfavorable no es vinculante. Tu contrato por lo que he entendido es anterior a mifid.

Mira la sentencia de Jaen, el contrato también es anterior y es de aplicación el Real Decreto629/1993.

Tu no firmaste ningún Contrato Marco, solo una confirmación por lo que dificilmente sabias lo que estabas contratando y eso quebranta todas las normas de transparencia.
En la sentencia de Jaen, no firmo el Anexo II y con eso se dio por nulo, pienso que casi mejor que sea aplicable lel R.D. 629 /1993 porque es mas claro que el posterior a Mifid en cuanto a los CONTRATOS TIPO ( el Contrato Marco es un contrato TIPO)

El artículo 15.1 del R.D 629/1993 es claro: el banco está obligado a la entrega de ese documento contractual - CONTRATO MARCO, ¿ lo firmaste o no ? te lo entrgaron acaso. Tu solo has firmado la CONFIRMACION; NO HAS FIRMADO NINGUN CONTRATO, POR LO QUE EL STOCKPYME NO ES VÁLIDO.

A estas alturas ya sabemos que el BDE, contesta lo que le viene en gana y por supuesto el BBVA te intentará llevar a su terreno, NO NEGOCIES HACIENDO OTRO STOCKPYME; ES DE LOCOS.

Hay mucha información y mucho camino andado, creo que un buen abogado sacaría el tema adelante, LA SENTENCIA DE JAEN ES ANTERIOR A MIFID Y TAMBIEN ESTA EL INFORME DEL DEFENSOR DEL PUEBLO, estos productos solo favorecen y protegen a los bancos , lo ha dicho MUGICA.

QUE LO TIENES GANADO, VAMOS !!!!!!!!!!

No te desanimes,

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Mensaje  Tonipere Miér Feb 03, 2010 8:16 pm

Gracias Estrella. La verdad es que me estais apoyando y me voy dando ánimos.
Ahora que he intentado negociar con BBVA, nada de nada. Me ofrecian otro STOCKPYME al 3,35 a 3 años. Pensar que el que tengo y le queda un año lo tengo al 4,35. Unos atrevido estos sujetos.
Con los abogados tengo que estudiar si es interesante cancelarlo con un crédito ICO que me puedo solicitar y luego plantar batalla, ya que los intereses que me han aplicado hasta el momento que me lo han pasado a mora es del 29%. Ahora en Mora no se que me cargarán.
Por cierto mi caso es gemelo al de Jaen y veo que estos cancelaron primero. Ya me lo estudiaran los letrados.
Os tengo que colgar el informe de respuesta del BBVA al BdE para las alegaciones. Sinceramente hay aberraciones con las que se cubren de gloria.
Una pregunta a todos, me han comentado y no se donde (puede que en la reunión de Valencia el domingo pasado) que habia unos abogados en Barcelona que cobraban si ganabas el caso y en caso contrario no lo hacian.
Sabeis algo sobre estos abogados.
Un saludo y muchas gracias por vuestros ánimos.

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Mensaje  Admin Miér Feb 03, 2010 11:26 pm

Voy a averiguar eso de los Abogados de Barcelona, que dices... Si existen, te lo comunico. Entretanto, si quieres, contacta con las Asociaciones Apymad, Asuepedefín y Ausbank, y pregunta cómo llevan el tema de la demanda conjunta...
Un saludo. Marc.
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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Aqui arriba esta el dictamen

Mensaje  Tonipere Jue Feb 04, 2010 12:00 am

Marc, aqui arriba dos comentarios arriba tienes el dictamen.
Mañana si puedo las alegaciones BBVA.
Un saludo

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Mensaje  Admin Jue Feb 04, 2010 9:58 pm

Aí, ya me lo bajé ayer, y a ver si tengo un rato y me lo leo detenidamente. Supongo que será un bodrio...
Un saludo. Marc.
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Mensaje  Tonipere Miér Feb 17, 2010 12:42 am

Aqui os dejo la perla que presenta como alegaciones el BBVA a mi dictamen desfavorable del BdEspaña.
Es largo pero os aseguro que vale la pena leerlo.
Los parentesis con mayusculas son pensamiento mios, que conste que me he contenido verbalmente.
Ya me comentais que os parece.
Un saludo

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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Re: Dictamen Banco de España de STOCKPYME II

Mensaje  barrina Miér Feb 17, 2010 6:30 pm

pero que burros son y nosotros tan sabios con lo financiero yo no se como nosotos no somos los banqueros

y ellos los E S T A F A D O S. son unos hijos de la usureria

saludos

hasta la batalla sangrienta.
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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Llamadita

Mensaje  Tonipere Miér Feb 17, 2010 7:28 pm

Hoy he recibido la llamada de la tipica empresa de gestión de impagos. Ha sido una chica muy correcta y me sondaba respecto a mis intenciones de saldar la deuda. Cuando le he preguntado si ellos iban a llevar esto a demanda ha dicho que posiblemente y al preguntarle sobre detalles de ellos me ha dicho que no me los podia dar, con lo que inmediatamente le he cortado la llamada con un buenas tardes.
La proxima vez que me llamen les preguntare si autorizan la grabación de la llamada, después les pediré que se identifiquen para posteriormente exigirles que autoridad tienen ellos para llamarme y solicitarme el pago, para posteriormente les comentare que yo no les reconozco tal autoridad al no ser del Gabinete Jurídico del BBVA.
Un saludo

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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Impresentables banqueros

Mensaje  estrella Vie Feb 19, 2010 11:01 am

Así en sintesis con este contrato se han cargado, todo el principio sobre el que se asentaba la banca: LA CONFIANZA.
Partiendo de la base que el contrato lo han redactado ellos para su único y exclusivo beneficio, viene a decir en sus alegaciones, "pues te jodes por haberlo firmado".

En ese sentido la propia CNMV, viendo ( aunque no haciendo nada) los desmelenes y abusos que estaban y están cometiendo los bancos , les advirtió que no abusaran en los propios contratos de términos como "el cliente solicita " (Carta 7 Mayo 2009 )

Esto es como el chiste "susto o muerte" ¿que eliges ? susto, uy!!, que susto- ahhh !!haber elegido muerte.

Hay un principio en derecho que es la BUENA FE CONTRACTUAL, ni los esbirros que prepararon el contrato la contemplan, todo es bueno para el banco...., ni el momento y fechas de la celebración mayoritariamente cuando sabían que era inminente la bajada del Euribor, y por supuesto la manera de comercializarlo, que ya sabemos todos como se las gastan.

Sólo me queda decir que no te desanimes... que esta buena gente ha aprovechado tu fallo de MIFID, pero aunque no hubiera entado en vigor , el contrato sigue siendo abusivo , lleno de mala fe, y oscuro.

Si en todos los ambitos de la vida se permitieran estas atrocidades que se les permiten a los bancos, ej el médico nos receta una medicina, sin hacernos una ficha con nuestras alergias anteriores, enfermedades y si encima nos hace firmar un contrato donde dice que es nuestra responsabilidad consultar con otro médico, que el se lava las manos..... pues eso es lo que hacen los BANCOS, MIENTRAS LOS PÓLITICOS, BANCO DE ESPAÑA MIRA PARA OTRO LADO, SE RESOLVERA EN LOS TRIBUNALES. A POR ELLOS....

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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Demanda a BBVS

Mensaje  Mataro Sáb Feb 20, 2010 5:50 pm

Hola a todos los afectados. Yo tambien he recibido respuesta de Bde a favor de BBVA respecto a mi stockpyme tipo II, soy de Mataró,Barcelona y he contactado con un abogado de Barcelona que me ha dicho que esto si lo denunciamos tenemos la nulidad del producto segura, pero como supongo que en todos los Stockpyme estan sujetos como el mio a arbitraje en Madrid, el està mirando si se puede hacer la denuncia en Barcelona y si no puede y hay que hacerlo a traves de arbitraje en Madrid a mi me costaría muy caro el desplazamiento del abogado a juicio, entonces interesaria que fueramos varios los afectados por este banco con stockpymes, ademàs me ha dicho que que todo juicio con arbitraje no tiene costas de abogado ni de juicio el unico inconveniente es el viaje a madrid para un solo afectado , seria un coste alto. El ha leido el contrato y dice que ganamos seguro el juicio. Todos los que esteis interesados poneros en contacto conmigo en este foro.

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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Re: Dictamen Banco de España de STOCKPYME II

Mensaje  Admin Sáb Feb 20, 2010 9:48 pm

Hola, mataró. No entiendo por qué tu abogado se preocupa tanto por el tema del arbitraje. Ese tema lo tengo yo ya resuelto, tras haberlo estudiado (yo también soy abogado). Dile a tu abogado que se dirija a mí en tu nombre, -adjuntándome escaneada la copia de la primera hoja de tu contrato, donde figuren tu nombre y apellidos, y su dirección de e-mail y nº de colegiado, para asegurarnos que no es un infiltrado del banco-, y yo le explico los argumentos en que me baso. Mi e-mail es mih1vih2@yahoo.es. Un saludo. Marc
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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Dictamen de Banco de España STOCKPYME II

Mensaje  Mataro Dom Feb 21, 2010 1:05 pm

Hola Marc, te explico: El abogado al que me refiero es de un bufet de Barcelona que se llama Colectivo Ronda que ha llevado entre otros casos el del colectivo de afectados, de viviendas que se vieron afectados por la construcción del tunel de metro del Carmelo, y estoy a la espera de que me diga si nos tenemos que someter a arbitraje o no, lo que pasa que a el le interesa que fueramos un colectivo para hacer demanda colectiva y a nosotros creo que también por lo menos por el gasto que sería repartido. Yo si quieres te mando el mail de colectivo Ronda y el nombre de este abogado y no tengo inconveniente en mandarte yo mismo copia de mi contrato Stockpyme II. Además si hay afectados interesados en hacer demanda colectiva que tengan un STOCKPYME II sean autonomos o pymes y preferiblemente est***dos por BBVA, que lo avisen en el foro y yo pondre el telefono del abogado y su dirección de correo electrónico. Un saludo a todos.

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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Arbitraje

Mensaje  Tonipere Dom Feb 21, 2010 4:25 pm

Se puede saltar el asunto del arbitraje, por lo que podemos interponer la demanda directamente.
Sobre el asunto quien conoce es admin, asi que espera que él lea tu escrito y te responda.
Un saludo

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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Re: Dictamen Banco de España de STOCKPYME II

Mensaje  Admin Lun Feb 22, 2010 11:18 pm

Mataró, sí, mándame el e.mail de tu abogado, si quieres. Yo me pondré en contacto con él, para aclarar el tema del arbitraje. Por lo demás, me parece muy bien que estéis tratando de formar un grupo de afectados, para presentar una demanda colectiva. Es lo mejor. Un saludo. Marc.
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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Para Mataró

Mensaje  Tonipere Miér Feb 24, 2010 11:27 pm

Hola, quería conocer en el asunto del abogado el tema de costas.
Como dices que ya estais en ello, estupendo, ya que he mirado un abogado de Valencia y creo que es mucho dinero lo que me pide.
Te mando mi mail y seguimos ahi la conversación.
Gracias y un saludo
alirte@gmail.com

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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty para tonipere

Mensaje  Mataro Miér Feb 24, 2010 11:57 pm

Hola tonipere ahora mismo el abogado está estudiando el tema y aún no me ha dado presupuesto pero estamos buscando más afectados para repartir el gasto y hacer más fuerte la demanda colectiva he abierto un post nuevo en este foro buscando afectados pero tienen que ser de Barcelona leetelo se llama DEMANDA COLECTIVA A BBVA. si quieres cuando sepa precios te lo mando a tu correo, un saludo.

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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Precios

Mensaje  Tonipere Jue Feb 25, 2010 10:18 am

Gracias.
Ya se que lo correcto es que sean de la zona, pero mi interés estaba en comparar precios y si son fijos o con porcentaje en caso de ganarlo.
Ya me comentais algo.
Por cierto vais a una conjunta, yo llevaba idea de una agrupada, aunque no tengo clara la diferencia, eso es tema para que nos lo aclare Marc, aunque me imagino que estará aclarado por algun lugar del foro.
Un saludo

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Dictamen Banco de España de STOCKPYME II Empty Re: Dictamen Banco de España de STOCKPYME II

Mensaje  Admin Jue Feb 25, 2010 10:31 pm

Lo normal es que una "conjunta" se haga sobre unos mismos supuestos de hecho, en que sólo lo varíen los nombres de los afectados o demandantes; y "agrupada" se tratará de varias demandas distintas, por basarse en distintos supuestos de hecho, pero en que los demandantes se agrupan para cooperar en el pago de los gastos de abogado y procurador. Es siempre mejor la conjunta que la agrupada; ya me habéis entendido: que los demanandantes coincidan en el mismo producto, con idéntico tipo de contrato, etc. En cuanto a la jurisdicción, hay que distinguir: si fuese una querella criminal, o sea la vía penal, entonces en virtud del fuero "locus delicti", sólo se puede presentar ante el juzgado del lugar donde se cometió la presunta est**a (a no ser que se opte por denunciar al máximo responsable del BBVA en Madrid, como cabeza principal de todo este tinglado, por llamarlo suavemente), y entonces, por ser un presunto delito cometido en muchos lugares de España, tendría que ser el Juzgado de lo Penal de la Audiencia Central de Madrid, la competente en esa querella). Pero SI ES UNA DEMANDA POR LA VÍA CIVIL, SIENDO LA PARTE DEMANDADA UNA SOLA, EL BBVA CON SEDE EN MADRID, SE PODRÍA TAMBIÉN PRESENTAR UNA SOLA DEMANDA CONJUNTA EN UN JUZGADO DE MADRID. SIN EMBARGO, PARA DIVERSIFICAR EL RIESGO DE ENCONTRARSE CON JUECES MÁS O MENOS "MANIPULABLES", YO ACONSEJO PRESENTAR MUCHAS DEMANDAS CONJUNTAS EN CIUDADES DE PROVINCIAS.
Un saludo. Marc.
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